ADMINISTRACIÓ LOCAL / ADMINISTRACIÓN LOCAL
01030-2022-U
ONDA
Bases reguladoras de la convocatoria de ayudas a empresas ubicadas en Onda destinadas al fomento de la contratación de personas desempleadas, pertenecientes a colectivos determinados, empadronadas en Onda, ejercicio 2022
BDNS(Identif.):616050
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (https:// www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/616050)
Primero. Beneficiarios.
Podrán ser beneficiarias de estas ayudas las empresas, incluidas las personas trabajadoras autónomas, que estén ubicadas en Onda y que cumplan los requisitos de la base 3.
Segundo. Objeto.
Fomentar la contratación de personas desempleadas de Onda por parte de empresas ubicadas en el ámbito territorial de Onda, que se realicen durante el año 2022. Estas ayudas tienen la forma de subvenciones a fondo perdido.
Tercero. Colectivos subvencionables.
- Personas con diversidad funcional igual o superior al 33%.
- Personas mayores de 50 años.
- Primera oportunidad, personas que carezcan de experiencia laboral en su formación reglada, así como personas que busquen su primer empleo. Estas personas deberán estar inscritas en la Agencia de colocación del Ayuntamiento de Onda antes de formalizar el contrato laboral con la empresa.
- Personas mayores de 18 años en riesgo de exclusión social y que participen en el itinerario de inserción laboral del Ayuntamiento de Onda.
Cuarto. Cuantía.
- Resultará objeto de la ayuda una cantidad fija sobre nómina, por la contratación de las personas desempleadas de Onda cuyos contratos se formalicen entre el 1 de octubre de 2021 y el 30 de septiembre de 2022 por empresas ubicadas en Onda, las contrataciones posteriores a esta fecha se podrán incluir en el periodo subvencionable del ejercicio siguiente.
Cada entidad beneficiaria podrá solicitar como máximo la ayuda para la contratación de 5 personas trabajadoras.
- La cuantía de la subvención se establecerá en base al periodo de contratación y horas semanales con los siguientes límites:
Cuantía sobre la nómina: 500 euros por un contrato de seis meses y de cuarenta horas semanales.Cuantía sobre la nómina: 2.000 euros por una conversión del contrato a indefinido de cuarenta horas semanales.
Para las contrataciones a jornada parcial e inferiores a 40 horas semanales la cuantía se calculará de forma proporcional, la jornada mínima subvencionable será de 20 horas semanales.
- Tendrán una bonificación adicional o proporcional, en la jornada parcial, los contratos formalizados con las personas desemplea- das que pertenezcan a alguno de los siguientes colectivos:
Diversidad funcional psíquica: por un contrato de seis meses un total de ayuda de 500 euros. Si es una conversión a indefinido o indefinido una ayuda de 2.000 euros.Mayores de 50 años: por un contrato de seis meses un total de ayuda de 500 euros. Si es una con- versión a indefinido o indefinido una ayuda de 2.000 euros.Personas mayores de 18 años en riesgo de exclusión social y que participen en el itinerario de inserción laboral del Ayuntamiento de Onda: por un contrato de seis meses un total de ayuda de 100 euros. Si es una conversión a indefinido o indefinido una ayuda de 400 euros.
Tendrán una bonificación adicional de 500 euros, cualquiera de los colectivos indicados en la base 6, que sean parados de larga duración y no sean perceptores de prestaciones por desempleo. Se entiende parados de larga duración cuando en el momento de la nueva contratación susceptible de la ayuda no haya trabajado más de 30 días en el último año previo a dicha contratación, acreditado con la vida laboral actualizada.
En el caso de pertenecer a más de un colectivo sólo se computará por uno, a elegir por la entidad beneficiaria.
- Si un contrato de 6 meses de duración subvencionado en esta convocatoria, la empresa lo convirtiera en indefinido, ésta podrá solicitar, en el lugar y plazo establecido para la presentación de solicitudes de la base 9, la ampliación de la ayuda concedida, hasta llegar al máximo de 2.000 euros, con la bonificación correspondiente, en su caso. La conversión del contrato será para la misma persona por la que se haya recibido la ayuda. Entre la finalización de un contrato y la formalización del siguiente podrán transcurrir como máximo 5 días, y se admitirá que durante estos días la persona esté inscrita en el espai LABORA como demandante de empleo. En este caso no se aplicará la base 3. d).
- El importe inicial de la subvención, 60.000 euros, será con cargo a la Aplicación Presupuestaria 24100 47000. Sexto. Plazo de presentación de solicitudes.
El plazo para la presentación de solicitudes, se iniciará el día siguiente al de la publicación del extracto de la convocatoria de las bases en el Boletín Oficial de la Provincia de Castellón y finalizará el 30 de septiembre de 2022.
Onda, a 9 de marzo de 2022 Carmen Ballester Feliu. Alcaldesa